Bando Nº 14. Prohíbase a todos los servicios públicos izar banderas en los lugares o edificios de funcionamiento, salvo en los días en que la Ley señala. Este Jefe de zona en estado de sitio impartirá las disposiciones legales necesarias para cualquier variación en este sentido. Firma: Humberto Gordon Rubio. Crl de Ejército, Intendente Regional a la fecha.
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- Codigo: 1499
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- https://archivommdh.cl/index.php/decreto